NOTAS ACERCA LOS DATOS

Esta sección contiene información sobre cómo CPE define y categoriza los datos recogidos de los departamentos.

A continuación se exponen algunas de las principales conclusiones de la evaluación. Estas conclusiones se describen y explican detalladamente en las secciones con pestañas que se encuentran en la parte superior de esta página. Al consultar las conclusiones específicas de cada pestaña, los lectores pueden hacer clic en las leyendas para filtrar los resultados y desplazarse por los análisis de apoyo para saber cómo hemos llegado a una conclusión.

DEFINICIÓN DE GRUPOS étnico-racialES, USO DE LA FUERZA Y CATEGORÍAS ESTÁNDAR

Definición de grupos étnico-raciales: CPE utiliza "grupo étnico-racial" para referirse a los grupos descritos en los registros departamentales por categoría étnico-racial (por ejemplo, hispanos o latinx, asiáticos, afrodescendientes, nativos, blancos). Cuando comparamos los registros departamentales de incidentes con los datos demográficos locales, estos grupos étnico-raciales se corresponden con los datos del censo para los siguientes grupos: hispanos (denominados "Latinx" en esta evaluación), asiáticos no hispanos, afrodescendientes no hispanos, nativos americanos no hispanos y blancos no hispanos. La categoría "Otros", si se utiliza, combina grupos étnico-raciales que representan menos del 2% de los incidentes.

Nuestro uso de "étnico-racial" como abreviatura de estos grupos no representa una afirmación de que una persona pertenezca a una "raza" monolítica, ni de que la categoría de "raza" tenga un significado objetivo o biológico, aparte de su contexto social y político. Reconocemos el uso histórico y deliberado de categorías étnico-étnico-raciales en las estadísticas sobre delincuencia para vincular la criminalidad a la población afrodescendiente, un sesgo que sigue afectando a las comunidades marginadas y a las personas del sistema de justicia penal en la actualidad. También reconocemos que los términos que utilizamos para describir a los grupos étnico-étnico-raciales no son universalmente aceptados o preferidos por los miembros de los grupos que describen. Nuestro objetivo es utilizar términos que sean inclusivos, ampliamente comprensibles y con pocas probabilidades de ofender.

Definición del uso de la fuerza: Según el manual de políticas facilitado por la policía de Norman, "[c]ualquier uso de la fuerza... se documentará de forma rápida, completa e inmediata en un informe apropiado, dependiendo de la naturaleza del incidente" (S.300.5, "Reporting the Use of Force"), definiéndose "fuerza" como "[l]a aplicación de técnicas o tácticas físicas, la aplicación de un dispositivo de control o la presentación de un dispositivo de energía conducida o un arma de fuego hacia otra persona. No se considera uso de la fuerza cuando una persona se deja registrar, escoltar, esposar o inmovilizar" (S.300.1.1, "Definiciones").

También, según el manual de normas, "cualquier miembro que utilice la fuerza" debe notificarlo a un supervisor y hacer una anotación en el Sistema de Normas Profesionales tan pronto como sea posible en cualquiera de las siguientes circunstancias la fuerza causó lesiones, la persona sometida a la fuerza se quejó de lesiones o de dolor continuado, se disparó accidentalmente un arma de fuego o una pistola eléctrica, se produjo una mordedura canina u otra lesión por un can, se utilizó un Dispositivo de Control, se utilizó un Dispositivo de Sujeción "distinto de esposas, capuchas de escupir, cinturones de transporte, cadenas de cintura o vientre, cadenas de transporte, grilletes o inmovilizadores de piernas", la persona quedó inconsciente, un individuo fue golpeado o pateado, o un individuo alega que ocurrió cualquiera de estas cosas (S.300.5.1, "Notificación a los supervisores").

El manual de normas también establece que "[e]l funcionario principal asignado se asegurará de que se documente por escrito utilizando un informe adecuado en el Sistema de Gestión de Registros del departamento tan pronto como sea posible tras cualquiera de las siguientes acciones:

(a) La presentación de un Arma de Fuego que incluya

1. Apuntar con un arma de fuego a una persona; y/o

2. Activación del láser (si procede) contra una persona.

(b) La presentación de un dispositivo de energía conducida que incluya:

1. Apuntar a una persona con un dispositivo de energía conducida;

2. Activación por láser de un dispositivo de energía conducida contra una persona; y/o

3. Arco del dispositivo de energía conducida (que no sea para pruebas).

(c) La presentación o amenaza de uso de un Dispositivo de Control dirigido a una persona.

(d) El despliegue o la amenaza de uso de un Can dirigido a una persona.

Normalización de categorías: Cada organismo policial recopila los datos sobre identificaciones, registros, uso de la fuerza y datos étnico-raciales a su manera. Para interpretar los datos de forma coherente en todos los departamentos, clasificamos los datos recibidos de los departamentos en categorías normalizadas. Las siguientes tablas muestran las categorías utilizadas por el departamento y cómo las traducimos a categorías CPE. La columna "LEA-Provided Value" contiene las categorías que el departamento proporcionó a CPE, y la columna "CPE Standardized" muestra la categoría correspondiente que CPE utilizó en esta evaluación.

Para más información sobre los motivos por los que no se han mostrado determinados resultados, puede consultar una lista detallada de los datos necesarios para cada análisis en "Más información", debajo del gráfico correspondiente.

CATEGORÍAS DE USO DE LA FUERZA

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